
Tarjeta Verde & Abogados de Residencia en Raleigh & Asheville Carolina del Norte
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Nuestros Abogados de Inmigración Experimentados lo Ayudarán a Navegar en el Proceso
Si está solicitando un ajuste de estado y buscando un pariente para patrocinarlo por un tarjeta verde, para residencia en los EE. UU., Fay & Grafton poder ayudar. Nuestros abogados le brindan profundos conocimientos jurídicos, experiencia en antecedentes penales y un atento servicio personal a su lado.

Si tiene parentesco con un ciudadano de los Estados Unidos o un residente permanente legal, tiene un empleador que está dispuesto a presentar una petición en su nombre o tiene una base para presentar una petición, puede obtener la residencia permanente legal (una tarjeta verde) en el Estados Unidos. Si actualmente se encuentra en los Estados Unidos, puede solicitar su residencia legal permanente sin salir del país. Esto generalmente depende de cómo ingresó en los Estados Unidos o quién lo está solicitando.
En algunas circunstancias, es posible que deba salir de los Estados Unidos para obtener su residencia. Sin embargo, esto debe hacerse con mucho cuidado ya que una vez que salga de los Estados Unidos, puede ser difícil regresar. Si vive en el extranjero, puede ingresar a los Estados Unidos como residente legal permanente. Si solicita su residencia fuera de los Estados Unidos o va a salir de los Estados Unidos para solicitar su residencia, esto se denomina “procesamiento consular”. Si solicita su residencia dentro de los Estados Unidos, es llamado “ajuste de estado”.”
Preguntas Frecuentes Sobre Tarjetas Verdes & Residencia
Ajuste de estado
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) generalmente permite el cambio del estado migratorio de un individuo mientras está en los Estados Unidos de no inmigrante o en libertad condicional (temporal) a inmigrante (permanente) si el individuo fue inspeccionado y admitido o en libertad condicional en los Estados Unidos, es el beneficiario de una solicitud de visa presentada por un pariente inmediato y de otra manera es admisible en los Estados Unidos. Puede solicitar el ajuste de estado incluso si no fue inspeccionado y admitido o en libertad condicional en los Estados Unidos, o si el peticionario es alguien que no es un pariente inmediato, si un miembro de la familia o empleador presentó una certificación laboral o una solicitud de visa para usted antes del 30 de abril de 2001 y estuvo presente en los Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000 (si esa petición se presentó después del 14 de enero de 1998).
¿Cuáles son los motivos de inadmisibilidad?
Es posible que no pueda ajustar su estado o proceso consular si es inadmisible en los Estados Unidos. Los motivos de inadmisibilidad se encuentran en la Sección 212 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Los motivos más comunes de inadmisibilidad son:
- Habiendo sido declarado culpable o haber admitido haber cometido un delito que involucra bajeza moral o un delito relacionado con las drogas
- Habiendo hecho una tergiversación material
- Habiendo afirmado ser un ciudadano de los Estados Unidos
- Después de haber ayudado a alguien a ingresar ilegalmente a los Estados Unidos
- Estar presente en los Estados Unidos de manera ilegal y luego partir de los Estados Unidos
Esta es una lista limitada de los motivos de inadmisibilidad más comunes y debe consultar con un abogado de inmigración calificado antes de solicitar el ajuste de estado o el procesamiento consular. En ciertas circunstancias, una exención puede estar disponible.
¿Puedo obtener una tarjeta verde a través de mi familia?
Muchas personas se convierten en residentes permanentes legales (obtienen sus tarjetas de residencia) a través de miembros de la familia. Puede ser elegible para convertirse en un residente permanente legal si es:
- Un pariente inmediato de un ciudadano de EE. UU. (Incluidos los cónyuges, los hijos solteros menores de 21 años y los padres de ciudadanos estadounidenses que tengan al menos 21 años de edad)
- Un miembro de la familia de un ciudadano estadounidense que se ajuste a una categoría de preferencia (incluidos hijos o hijas solteros mayores de 21 años, hijos casados de cualquier edad y hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses que tengan al menos 21 años de edad)
- Un miembro de la familia de un residente permanente legal (incluidos los cónyuges e hijos solteros de un residente permanente legal)
- Un miembro de una categoría especial (que incluye, entre otros, el cónyuge o hijo maltratado (VAWA), un K (novio o cónyuge de un ciudadano estadounidense) no inmigrante, una persona nacida de un diplomático extranjero en los Estados Unidos, un V no -inmigrante o una viuda (er) de un ciudadano estadounidense).
Para obtener la residencia permanente legal a través de un miembro de la familia, ese miembro de la familia (el solicitante) deberá presentar una petición I-130 por usted. Si es elegible para solicitar un ajuste de estado en los Estados Unidos, su familiar puede presentar una solicitud I-130 al mismo tiempo que presenta su solicitud para el ajuste de estado. Esto se conoce como presentación simultánea.
Si necesita un proceso consular, su familiar deberá presentar la petición I-130, que luego será enviada al Centro Nacional de Visas y eventualmente a la embajada o consulado donde solicitará su visa de inmigrante. Ya sea que esté solicitando un ajuste de estado en los Estados Unidos o un procesamiento consular de otro país, se deben presentar muchos documentos que demuestren que usted es elegible para su residencia permanente legal.
¿Puedo obtener una tarjeta verde a través del empleo?
Cada año fiscal aproximadamente 140,000 visas de inmigrantes basadas en el empleo se ponen a disposición de los solicitantes calificados según las disposiciones de la ley de inmigración de EE. UU. Las visas de inmigrantes basadas en el empleo se dividen en cinco categorías de preferencia. Ciertos cónyuges e hijos pueden acompañar o seguir a inmigrantes basados en el empleo.
- Las visas EB-1 están reservadas para extranjeros con habilidades extraordinarias, investigadores sobresalientes y gerentes y ejecutivos multinacionales.
- Las visas EB-2 están disponibles para extranjeros con capacidades excepcionales, profesionales con títulos avanzados y médicos que ejercen en áreas desatendidas
- Las visas EB-3 son para trabajadores profesionales, trabajadores calificados y trabajadores no calificados
- Las visas EB-4 son Visas Especiales de Inmigrante para trabajadores religiosos y otras personas específicas
- Las visas EB-5 son para inversores
Si un empleador desea solicitar que usted se convierta en un residente legal permanente, el empleador deberá presentar una petición I-140. Generalmente, una certificación laboral debe ser aprobada por el Departamento de Trabajo antes de que el empleador pueda presentar la petición I-140. Una vez que se aprueba una solicitud I-140, puede estar disponible de inmediato o puede haber una espera, dependiendo del Boletín de Visa, que se publica mensualmente.
Es importante recordar que solo puede ajustar su estado en los Estados Unidos con base en una petición I-140 aprobada si se encuentra en situación migratoria legal actual, a menos que alguien haya presentado una solicitud antes del 30 de abril de 2001 y haya estado presente en los Estados Unidos. Estados el 21 de diciembre de 2000 (si esa petición se presentó después del 14 de enero de 1998).
¿Puedo obtener una tarjeta verde a través del estado de refugiado?
Según la ley de los Estados Unidos, un refugiado es alguien que:
- Está ubicado fuera de los Estados Unidos
- Es de especial interés humanitario para los Estados Unidos
- Demuestra que fueron perseguidos o temen ser perseguidos por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular
- No está firmemente reasentado en otro país
- Es admisible en los Estados Unidos
Un refugiado no incluye a nadie que haya ordenado, incitado, ayudado o participado en la persecución de cualquier persona por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política.
Si fue admitido como refugiado, la ley le exige que solicite una tarjeta verde (residencia permanente) en los Estados Unidos 1 año después de ser admitido como refugiado. Debe solicitar una tarjeta verde un año después de ser admitido en los Estados Unidos como refugiado si:
- Haber estado físicamente presente en los Estados Unidos durante al menos un año después de ser admitido como refugiado
- No ha terminado su admisión de refugiado
- Aún no ha adquirido el estado de residente permanente (tarjeta verde)
¿Puedo obtener una tarjeta verde a través del asilo?
Cada año las personas vienen a los Estados Unidos en busca de protección porque han sufrido persecución o temen ser perseguidos debido a:
- la raza
- Religión
- Nacionalidad
- Membresía en un grupo social en particular
- Opinión política
Si es elegible para asilo, se le puede permitir permanecer en los Estados Unidos. Para solicitar asilo, presente un Formulario I-589, Solicitud de asilo y retención de expulsión, dentro del año posterior a su llegada a los Estados Unidos. No hay tarifa para solicitar asilo.
Puede incluir a su cónyuge e hijos que se encuentren en los Estados Unidos en su solicitud al momento de presentar la solicitud o en cualquier momento hasta que se tome una decisión final sobre su caso. Para incluir a su hijo en su solicitud, el menor debe ser menor de 21 años y soltero.
¿Cómo obtengo permiso para trabajar en los Estados Unidos?
No puedes solicitar permiso para trabajar (autorización de empleo) en los Estados Unidos al mismo tiempo que solicita asilo.
Puede solicitar una autorización de empleo si:
- Han pasado 150 días desde que presentó su solicitud de asilo completa, excluyendo cualquier demora causada por usted (como una solicitud para reprogramar su entrevista) Y
- No se ha tomado una decisión sobre su aplicación
- Puede solicitar una tarjeta verde un año después de obtener el asilo.
¿Cómo obtengo una eliminación de las condiciones de la residencia permanente?
Su el estado de residencia permanente es condicional si se basa en un matrimonio que tenía menos de dos años el día en que se le otorgó la residencia permanente. Se le otorga el estado de residente condicional el día en que es admitido legalmente en los Estados Unidos con una visa de inmigrante o ajuste de su estado a la residencia permanente.
Su estado es condicional, porque debe probar que no se casó para evadir las leyes de inmigración de los Estados Unidos.
Para permanecer como residente permanente, un residente permanente condicional debe presentar una petición para eliminar la condición durante los 90 días antes de que caduque la tarjeta. La carta condicional no se puede renovar. Las condiciones deben ser eliminadas o perderá su estado de residente permanente.
¿Cuáles son los criterios para la eliminación de las condiciones de la residencia permanente?
Generalmente, puede solicitar eliminar sus condiciones de residencia permanente si:
- Todavía están casados con el mismo ciudadano estadounidense o residente permanente después de dos años. Puede incluir a sus hijos en su solicitud si recibieron su estado de residente condicional, ya sea al mismo tiempo o dentro de los 90 días como lo hizo;
- Es un niño y, por una razón válida, no se puede incluir en la solicitud de sus padres;
- Es una viuda o viudo que participó en su matrimonio de buena fe;
- Entró en un matrimonio de buena fe, pero el matrimonio terminó por divorcio o anulación;
- Se inscribió en un matrimonio de buena fe, pero usted o su hijo fueron maltratados o sometidos a condiciones extremas por su ciudadano de EE. UU. O cónyuge residente permanente.
¿Qué es el procesamiento consular?
El Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) ofrece dos caminos primarios individuales para el estado de residencia permanente (una tarjeta verde). Un individuo que es el beneficiario de una solicitud de inmigrante aprobada y tiene un número de visa de inmigrante disponible de inmediato, puede solicitar en un consulado del Departamento de Estado de EE. UU. en el extranjero una visa de inmigrante para venir a los Estados Unidos y ser admitido como residente permanente. Esta vía se conoce como “procesamiento consular.”
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